Burger King - Sorteo Carro
1. OBJETO
ANDOR CORPORATION S.A.S. (En adelante “ANDOR") ha organizado y llevará a cabo el sorteo de un vehículo BYD SEAGULL, para lo cual, forman parte de la promoción los productos que se comercializan en los siguientes comercios: “Burger King”, “Medicity”, “ De una” y “BYD”.
2. VIGENCIA
- La promoción tendrá vigencia a partir del 14 de agosto de 2024 hasta el 22 de septiembre del mismo año.
- Las fechas de inicio y terminación de la Promoción o de los sorteos podrán ser modificadas por ANDOR en el evento de presentarse casos de fuerza mayor o caso fortuito.
3. PARTICIPANTES
- La Promoción está disponible para personas naturales que residan en el territorio ecuatoriano y realicen compras de productos en los comercios detallados en la Cláusula Primera del presente documento. Para el caso del aplicativo Deuna participan los clientes que realicen consumos en la cadena de restaurantes Burger King con el aplicativo Deuna 2.0.
- No podrán participar aquellas personas que no residan en el país y aquellas personas que no gocen de los derechos de ciudadanía, temporal o definitivamente.
- No podrán participar en esta Promoción los empleados directos o indirectos de ANDOR, MEDICITY, BURGER KING, BANCO PICHINCHA C.A. o APPDEUNA S.A. sus proveedores y distribuidores, ni sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
4. MECÁNICA
- Por cada compra que los participantes realicen en cualquiera de los comercios detallados en la Cláusula Primera del presente documento, tienen una oportunidad de participar automáticamente en el sorteo de un auto BYD SEAGULL, cuyas características se encuentran establecidas en el numeral 5.1. de la cláusula quinta.
- La Promoción es válida a nivel nacional.
- Los comercios participantes para la promoción son:
- Burger King
- Medicity
- BYD
- Se deja constancia que, debido a un financiamiento especial del vehículo por parte de la compañía APPDEUNA S.A., cada compra en los establecimientos de Burger King Ecuador realizados mediante el uso de la aplicación “DeUna! 2.0”, operada por el referido auspiciante, para efectos del presente concurso, contarán como 2 compras (oportunidades de ganar dentro del concurso), de tal manera que los participantes que utilicen la referida aplicación para concursar tengan mayor oportunidad de ganar el premio objeto del concurso.
- ANDOR realizará el sorteo del premio con los datos de las facturas emitidas por los comercios participantes, conforme lo establecido en este instrumento.
5. PREMIO
- El premio que se entregarán en la promoción serán los siguientes:
CANTIDAD | PREMIO |
1 | AUTO BYD SEAGULL 0 km. |
Características:
MARCA: | BYD |
MODELO: | SEAGULL GL |
COLOR: | BLANCO |
AÑO: | 2024 |
CHASIS: | LC0CE4CCXR0006726 |
- El premio señalado en numeral 5.1. podrán estar sujetos a cambios por un automóvil de otro modelo de la misma marca.
- El premio aquí ofrecido es personal e intransferible.
- El premio aquí ofrecido no será canjeable por dinero en efectivo, y el ganador que no pueda recibir su premio no tendrá derecho a compensación alguna.
- ANDOR es distribuidor del premio, por lo que otorga la garantía correspondiente, respecto de dicho producto.
- ANDOR no efectúa ninguna afirmación, aseveración o declaración, implícita o expresa, en relación con la idoneidad o conveniencia del premio para determinado propósito.
- ANDOR de ninguna manera será responsable por cualquier tipo de daño que surgiere de o se relacionen con El premio o la actividad; así como tampoco por caso fortuito o fuerza mayor.
- Una vez entregado el premio, ANDOR queda liberada de toda responsabilidad.
6. ENTREGA DEL PREMIO
- Personal de ANDOR se comunicará con el/la ganador/a del concurso a fin de comunicarle que se ha hecho acreedor/a al respectivo premio.
- Para la entrega del premio, ANDOR se contactarán con el/la ganador/a en un plazo máximo de diez (10) días laborables, desde la fecha de realización del sorteo. Sin embargo, de presentarse casos de fuerza mayor o caso fortuito durante o después de la promoción, la entrega del premio estará supeditada a que el acto, hecho o evento motivo de fuerza mayor o caso fortuito sea superado, o, a su vez corresponderá exclusivamente a ANDOR establecer las fechas de entrega del premio.
- Previa entrega del premio, el/la ganador/a deberá cubrir los gastos que se generen en virtud de la normativa tributaria aplicable, siendo esta una condición indispensable a cumplir para la entrega del vehículo. En caso de que el ganador no pueda cubrir dichos rubros, no tendrá derecho a compensación alguna y se realizará un nuevo sorteo.
- Para la entrega-recepción del premio, ANDOR se pondrá en contacto con el/la ganador/a, a fin de definir los detalles de la entrega, en virtud de que se lo realizará a través de un video en vivo en redes sociales; una vez esto suceda, el/la ganador/a firmará un acta que certifica la entrega del premio y su recibo a satisfacción. Así como también, deberá tomarse una foto con el premio y autorizar a ANDOR el uso de la foto en medios masivos. Sin el cumplimiento de lo anterior no se hará entrega del respectivo premio.
7. LIMITACIONES Y REGULACIONES APLICABLES AL PREMIO.
- Se considerará ganador del premio a la persona que resultare favorecida en el sorteo, siempre que la información de los datos personales sea validada y tenga respaldo con su respectiva cédula de ciudadanía o pasaporte.
- El ganador deberá acercarse personalmente a recibir el premio, para lo cual, ANDOR y el ganador se pondrán de acuerdo previamente; a su vez, se establece que ANDOR no se hace responsable del traslado o del envío del premio hasta el domicilio del ganador.
- El premio únicamente podrá ser entregado en el lugar acordado entre ANDOR y el ganador.
- El ganador debe contar con documento de identidad válido y vigente en Ecuador para reclamar el premio.
- El ganador deberá grabar un testimonial para poder recibir el premio, mismo que de igual forma será difundido en cualquier medio publicitario.
- El/la ganador/a deberán firmar un acta de recepción y aceptar los términos y condiciones de la promoción.
- ANDOR se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes en contra de la persona o personas que pretendan participar en la promoción de manera fraudulenta.
- DEUNA y/o BANCO PICHINCHA no serán responsables de la adquisición, entrega, proceso de matriculación del premio descrito en esta campaña asumiendo ANDOR la responsabilidad contenida en este punto.
8. AUTORIZACIÓN ESPECIAL Y OBLIGACIONES VINCULANTES DEL PARTICIPANTE
La persona que participe en esta promoción acepta voluntariamente que:
- ANDOR y el resto de entidades participantes en esta campaña pueden utilizar, sin costo, sus nombres, datos de identificación e imagen a través de cualquier medio de comunicación colectiva, nacional o extranjero, durante o después de la promoción, para lo cual da su consentimiento real y actual. Renuncia expresamente a reclamar a ANDOR por cualquier efecto o consecuencia que su participación en la promoción pueda acarrear, como beneficiario o no del premio, y libera de toda responsabilidad ante terceros por el uso o destino que dé al premio.
- Para la aplicación de la correspondiente garantía, el/la ganador/a se compromete a realizar todos los mantenimientos en los talleres BYD, caso contrario pierde vigencia la garantía ofrecida.
- El ganador se obliga a cumplir con todas las obligaciones tributarias derivadas de la entrega del premio correspondiente.
Se sujeta a las condiciones establecidas en el presente documento y en las Instrucciones, así como, a cualquier modificación que ANDOR realice en cualquier tiempo respecto a las condiciones o premio contenidos en este documento. ANDOR y/o las entidades participantes en esta campaña no serán responsable por daños o perjuicios que pudiere sufrir el/la participante ganador/a o los terceros, en sus personas o bienes, con motivo y/u ocasión de la participación en la presente promoción y/o del uso del premio, declinando todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual frente al participante ganador y/o acompañantes y/o sus sucesores, lo que es aceptado incondicionalmente por cada participante. Asimismo, ANDOR no asume responsabilidad alguna por fallas técnicas y/o humanas que por cualquier motivo imposibiliten el desarrollo de la Promoción en su generalidad.
- ANDOR antes, durante o después de la promoción se reserva el derecho exclusivo de suspender definitivamente o transitoriamente LA PROMOCIÓN, así como también de introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones y características del mismo, al igual que el premio, en caso de configurarse un supuesto de caso fortuito o de fuerza mayor, comunicando el hecho a los participantes dentro de los 10 días de acaecido; sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los participantes. En el caso de que la promoción sea suspendida transitoriamente o parcialmente, ANDOR y las entidades participantes en esta campaña deberán llegar a un acuerdo.
9. INTERPRETACIÓN
En caso de duda sobre los alcances o aplicación sobre los términos y condiciones de aplicación, corresponderá exclusivamente a ANDOR determinar su interpretación y alcance de los mismos.
10. CONTROVERSIAS
De presentarse cualquier tipo de reclamo o diferencia derivada de la validez, ejecución o terminación de la Promoción antes detallada, las partes realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable, la cual constará por escrito. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en el Centro de Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, según lo determinado en la Ley de Arbitraje y Mediación.
Si luego de la mediación subsistieren diferencias, las partes renuncian fuero y domicilio y deciden someterse a la decisión del Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito, que se sujetará a lo dispuesto por la Ley de Arbitraje y Mediación, el Reglamento de Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito, y cualquier otra reglamentación que se expida sobre el particular, atendiendo las siguientes normas:
Uno.- El árbitro será seleccionado conforme a los establecido den la Ley de Arbitraje y Mediación. Dos.- El árbitro de dicho Centro efectuará un arbitraje administrado, en derecho y confidencial y queda facultado para dictar medidas cautelares solicitando el auxilio de funcionarios públicos, judiciales, policiales y administrativos, sin que sea necesario recurrir a un juez ordinario alguno para tales efectos.
Tres.- El Tribunal de Arbitraje estará integrado por un árbitro.
Cuatro.- El Procedimiento Arbitral tendrá lugar en las instalaciones del Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Quito.
Cinco.- Las partes renuncian a la jurisdicción ordinaria, se obligan a acatar el laudo arbitral que expida el Tribunal Arbitral y se comprometen a no interponer ningún tipo de recurso en contra del laudo arbitral. El laudo arbitral será inapelable.
[JJGLS1]Confirmar.
[JJGLS2]Qué papel tiene Supermercados Santa María?